Patrimonio Histórico Cultural Sportivo San Lorenzo

ORDENANZA Nº: 08/2009 (OCHO BARRA DOS MIL NUEVE)

POR LA CUAL SE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO, CULTURAL Y DEPORTIVO AL CLUB SPORTIVO SAN LORENZO DE NUESTRA CIUDAD, JUNTAMENTE CON EL PREDIO SEDE DEL CLUB, UBICADO ENTRE LAS CALLES AZARA, MCAL. ESTIGARRIBIA Y 10 DE AGOSTO.—————————–

VISTO: El Proyecto de Ordenanza presentado por miembros de esta Junta Municipal, en el cual expresa la necesidad de declarar de Patrimonio Histórico, Cultural y Deportivo al mencionado Club, por los 80 años de su fundación institucional.——————–

CONSIDERANDO: Que, en fecha 17 de abril del año 1930 fue fundado un Club Social Cultural y Deportivo, que posteriormente fue creciendo y llegando a ser lo que hoy es el Club Sportivo San Lorenzo y; ———————————–

Que, según datos históricos para la creación de la cancha de fútbol de esta institución, un grupo de vecinos se congregaron con el objetivo de adquirir cada uno un predio y estos vinieron entre si formando así la cancha que actualmente conócenos como el Sportivo San Lorenzo; así también no descuidaron la parte social y cultural, entre todos se unieron para fortalecer las áreas culturales y sociales que hasta hoy se le da vivencia y; ———————————–

Que, el actual predio ubicado entre las calles Azara, Mcal. Estigarribia y 10 de Agosto es el asiento de un Club donde fija su personalidad jurídica, existe también otras áreas deportivas como son el Básquetbol, el handbol y el vóley, sirviendo de esta forma de sano esparcimiento para quienes participan de la misma; y para estrechar vínculos de amistad, camaradería y solidaridad entre todos y cada uno de los Sanlorenzanos y; ————————————

Que, en los 80 años de su existencia se ha podido sobreponer a los diversos tiempos de cambio mediante el apoyo profesional, técnico y económico de todos los Sanlorenzanos en forma directa e indirecta; haciendo que en más de una oportunidad nuestra Institución Municipal le ha otorgado diversos tipos de apoyo para seguir cumpliendo sus diversos objetivos propuestos desde sus inicios y; —

Que, si bien existen diversos clubes a nivel local, que merecen todo el respeto y reconocimiento de nuestra Institución como organismos deportivos que tenemos como diversión para los conciudadanos en general, pero el Club Sportivo San Lorenzo (Rayadito), es una institución emblemática de nuestra ciudad, por que además de tener el nombre de nuestro Santo Patrono, se creó con el fin de representar a la ciudad de San Lorenzo en el área Deportiva; habiendo llegado a honrar a nuestra ciudad en la 1ª División del Fútbol Paraguayo por varios años; logros y méritos que deben de servir de ejemplo para retomar la senda de triunfos y victoria que nuestro querido Club Rayadito nos tenía acostumbrando y;

Que, las Comisiones Asesoras de Legislación y Educación Deporte y Cultura, presentó Dictamen Conjunto recomendando declarar patrimonio histórico, cultural y deportivo, siendo aprobado por la Plenaria lo dictaminado.——————–

POR TANTO
LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO REUNIDA EN CONCEJO
R E S U E L V E

ARTICULO 1º Declarar Patrimonio Histórico, Cultural y Deportivo al Club Sportivo San Lorenzo de nuestra ciudad, juntamente con el predio sede del Club, ubicado entre las calles Azara, Mcal. Estigarribia y 10 de Agosto.———————–

MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO
Junta Municipal
AVDA. ESPAÑA Y SAN LORENZO – TELEFONO 58 32 15
SAN LORENZO – PARAGUAY

ARTICULO 2º Habilitar la Secretaría de la Junta Municipal para recibir datos históricos que sean propicios y útiles para fortalecer la presente Ordenanza, dándole publicidad a la misma por el plazo de 30 días y posteriormente remitir la Ordenanza a la Cámara de Diputados.—————————————–

ARTICULO 3° Comunicar a la Intendencia Municipal, a quienes corresponda y cumplido archivar.————————————————————

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO A LOS DIEZ Y SEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

HUGO NICOLAS BAEZ SOTOMAYOR                 ANTONIO PESSOLANI BENITEZ
SECRETARIO                                                        PRESIDENTE
JUNTA MUNICIPAL                                            JUNTA MUNICIPAL

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