Pago a cuotas por infracciones

ORDENANZA Nº 51/2011 (CINCUENTA Y UNO BARRA DOS MIL ONCE)

POR LA CUAL SE OTORGA A LOS INFRACTORES DE LA ORDENANZA N° 43/2011 “QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO GENERAL DE TRANSITO PARA EL MUNICIPIO DE  SAN LORENZO” Y DE LA ORDENANZA  N° 49/2.011  “POR LA CUAL SE AMPLIA Y SE COMPLEMENTA LA ORDENANZA Nº 43/2011”, FACILIDADES PARA EL PAGO DE LAS INFRACCIONES.———————-

 

VISTO: El Proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal Municipal Nelson Daniel Peralta, en el cual expresa la necesidad de ofrecer facilidades de pago a todas las personas que han transgredido las reglas de transito, especialmente las estipuladas  en la Ordenanzas N° 43/2.011, de  la  Cuidad de San Lorenzo.——

 

CONSIDERANDO: Que, debido a la critica situación económica por la que atraviesa el país, es de suma importancia establecer facilidades de pago a los infractores para ponerse al día en el pago de las multas establecidas en la Ordenanza vigente N° 43/2.011.—

 

Que, asimismo se establece en el Art. 166 de la Constitución Nacional ‘Las Municipalidades son los Órganos del Gobierno Local, con Personería Jurídica que, dentro de su competencia, tiene autonomía política, administrativa y normativa, así como autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos”, por lo tanto se considera que la Municipalidad de San Lorenzo tiene autonomía para reglamentar el otorgamiento de prescripciones constitucionales y legales previstas en nuestro sistema impositivo.—————————————

 

Que, la Comisión Asesora de Seguridad y Transito, teniendo en cuenta estos elementos ha emitido su dictamen de aprobación, que también establece que la Municipalidad podría dejar sin efecto las facilidades otorgadas, si los contribuyentes (deudores o morosos) que se hayan acogido al Régimen de facilidades, no cumplen con los compromisos contraídos.———————–

 

Que, analizados todos los términos del Proyecto de Ordenanza, se concluye que el mismo se ajusta a derecho, por lo que corresponde su aprobación.———–

 

Que, la Plenaria aprobó el Dictamen Conjunto Nº 257/2.011 de las Comisiones Asesoras de Legislación, Hacienda y Seguridad y Tránsito.———————-

 

POR TANTO

LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A

 

ARTICULO 1º Otorgar, a los infractores de la Ordenanza N° 43/2011 “Que establece el Reglamento General de Transito para el Municipio de  San Lorenzo”, y de la Ordenanza  N° 49/2.011  “Por la cual se amplia y se complementa la Ordenanza Nº 43/2011”, facilidades para el pago de las infracciones mencionadas en la vigente Ordenanza, de la siguiente manera: Se considera el plazo máximo de fraccionamiento hasta tres (3) cuotas mensuales del monto total de la infracción cometida.———————————————-

 

ARTICULO 2º La Municipalidad podrá  dejar sin efecto las facilidades si los infractores que se hayan acogido al Régimen de Facilidades, no abonasen en forma regular las cuotas fijadas, en tal caso serán sancionados con el recargo de lo intereses y las multas correspondientes, de acuerdo a las disposiciones legales vigente para el efecto.——————————————————

 

ARTICULO 3º El Ejecutivo Municipal, elaborará un programa especial en el sistema de Computación y Contable del Municipio, con códigos y nomina debidamente clasificados, que permita una Auditoria  y/o verificación constante y permanente de la marcha del programa de facilidad de pago de los infractores y elevará un informe trimestral a la Junta Municipal.———-

 

ARTICULO 4º Los infractores que concurran al pago voluntario del monto determinado como multas a las contravenciones notificadas, tendrán HASTA un cuarenta (40 %) de descuento, siempre y cuando lo hagan dentro del plazo establecido en el Art. 218, que es de diez (10) días hábiles, incluyendo las excepciones mencionadas en el apartado de Art. 219 de la Ordenanza 43/2011,  Reglamento de Tránsito de la Cuidad de San Lorenzo.————-

 

ARTICULO 5º Comunicar a la Intendencia Municipal, a quienes corresponda y cumplido archivar.————————————————————

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO A LOS VEINTE Y TRES DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE. —————————————————————–

 

HUGO NICOLAS BAEZ SOTOMAYOR            ALCIBIADES QUIÑONEZ AYALA

SECRETARIO                                               PRESIDENTE

JUNTA MUNICIPAL                                        JUNTA MUNICIPAL

 

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