Datos de conductores de taxi y transporte de pasajeros

ORDENANZA Nº: 25/2011 (VEINTE Y CINCO BARRA DOS MIL ONCE)

POR LA CUAL SE CREA UNA BASE DE DATOS DE CONDUCTORES DE TAXIS Y DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO.—————————————————————————–

VISTO:   El Proyecto de Ordenanza presentado por los Concejales Municipales Alberto Quintana, Nelson Peralta, Hugo Lezcano y Lic. Néstor Ferrer, en la cual expresan la necesidad de crear una Base de Datos de Conductores de Taxis y de Transporte Público de Pasajeros de la ciudad de San Lorenzo.—————————————-

CONSIDERANDO: Que, es muy importante crear una base de datos de los Conductores de Taxis y de Transporte Público de Pasajeros, que ayudará  a contar con datos precisos de cada uno de ellos.—————————————————————–Que, la Ley Orgánica Municipal Nº 3.966/2.010 en su CAPÍTULO III “De las Funciones Municipales”, en el Artículo 12 respecto a “Funciones” dispone que “… Sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior y de conformidad a las posibilidades presupuestarias, las municipalidades, en el ámbito de su territorio, tendrán las siguientes funciones: 1)…  3. En materia de transporte público y de tránsito: a) la prestación, regulación y fiscalización del servicio de transporte público de pasajeros y de cargas;

Que, analizados todos los términos del Proyecto de Ordenanza, se concluye que el mismo se ajusta a derecho, por lo que corresponde su aprobación agregando algunos artículos.——————————————

Que, las Comisiones Asesoras de Legislación y Tránsito presentaron el Dictamen Conjunto Nº 144/2.011 al respecto, siendo aprobado por la Plenaria.——————-

POR TANTO

LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A

ARTICULO 1º CREAR una Base de Datos de Conductores de Taxis y de Transporte Público de Pasajeros de la ciudad de San Lorenzo.—————

ARTICULO 2º La Base de Datos deberá contar con:

a)      Nombres y Apellidos

b)      Copia de Cédula de Identidad Civil

c)      Copia de Registro de Conducir

d)     Certificado de Antecedentes Judiciales

e)      Certificado de Vida y Residencia

f)       Foto tipo carnet

g)      Nº de Teléfono

ARTICULO 3º En cada vehículo de taxi se deberá colocar sobre el tablero y por el respaldero del asiento del conductor, una ficha en donde constarán los datos completos del conductor, a más de la foto tipo carnet, cuya medida será de 10 cm. por 10 cm.————————————

ARTICULO 4º En cada vehículo de Transporte de Pasajeros (Ómnibus) se deberá colocar una ficha en donde constarán los datos completos del conductor, a más de la foto tipo carnet cuya medida será de 10 cm. por 10 cm., esta se colocará por el respaldero del asiento del conductor, otra encima de la puerta de salida.——

ARTICULO 5º La colocación de estas fichas es obligatoria a todas las Empresas de Transporte de Pasajeros y de Taxis.———————————

ARTICULO 6º Las unidades de Transporte que no colocaren las fichas serán multadas con un jornal mínimo vigente, en caso de reincidencia la multa será de tres jornales mínimos vigentes y si persistiere en no dar cumplimiento a esta Ordenanza el vehículo será llevado al corralón municipal, y pagará una multa de 10 (diez) jornales mínimos vigentes.—–

ARTICULO 7º A partir de la promulgación de esta Ordenanza, la Dirección de Tránsito organizará el cumplimiento de la misma, en un plazo de 60 (sesenta) días.—

ARTICULO 8º Comunicar a la Intendencia Municipal, a quienes corresponda y cumplido archivar.—————————————————-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL ONCE. ———————————————————————————-

HUGO NICOLAS BAEZ SOTOMAYOR            ALCIBIADES QUIÑONEZ AYALA

SECRETARIO                                                     PRESIDENTE

JUNTA MUNICIPAL                                          JUNTA MUNICIPAL

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