Anulacion de tasas y adecuación de alicuotas

ORDENANZA N°: 07/2014 (SIETE BARRA DOS MIL CATORCE)

POR LA CUAL SE MODIFICA LA ORDENANZA TRIBUTARIA N° 33/2.012, APROBANDO LA ANULACION DE TASAS Y ADECUACION DE ALICUOTA.——

VISTO: La Nota N.I.M.S.L. N° 235/2014 por la cual la Intendencia Municipal remite una solicitud de exclusión de ciertas tasas en la Liquidación del Impuesto Inmobiliario.—-

CONSIDERANDO: Que, se hace imperiosa la necesidad de reglamentar las tasas que son aplicadas en las Liquidaciones de Impuesto Inmobiliario y en las Tasas Ambientales de manera a evitar que el contribuyente tribute dos veces por el mismo concepto.—–

Que, en tal sentido detallamos las tasas aplicadas:

IMPUESTO INMOBILIARIO                        

Año

Conservación de Plazas

Conservación de Pavimentos

Barrido y Limpieza

Sellado / Servicio Técnico

Ley 3966/10

Tasa Ambiental

Multa Rec. Int.

 TASA AMBIENTAL

Conservación, Limpieza y Recuperación de arroyos

Conservación y Limpieza de plazas

Conservación y Limpieza de parques

Poda de Arboles

Limpieza de cause hídrico

Limpieza de vía publica

Limpieza de terrenos con yuyales

Recolección de Residuos Hospitalarios

Cuidado de áreas verdes (plazas)

Que, con esta exposición de tasa, queda evidenciado que existe una duplicación en la aplicación de tasas motivo por el cual es justo:

1º Eliminación de las siguientes tasas en el Impuesto Inmobiliario:

Conservación de Plazas

Conservación de Pavimento

Barrido y Limpieza

2º Anulación de tasa de Recolección de Residuos Hospitalarios ya que la Institución no cuenta con mecanismos y autorización para dicho trabajo

3º Elevar la alícuota del 5% al 10 % en compensación a tasas a ser suprimidas

Que, el Asesor  Económico de la Junta Municipal en su Dictamen N° 13/2.014 recomienda aprobar la anulación de las tasas duplicadas y elevar la alícuota de manera a que el impacto en las recaudaciones no sea tan significativo.———————————

Que, la Plenaria aprobó el Dictamen N° 13/2.014 de la Comisión Asesora de Hacienda y Presupuesto.—————————————————

POR TANTO

LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A

ARTICULO 1° MODIFICAR la Ordenanza Tributaria N° 33/2.012, aprobando la anulación de tasas y adecuación de alícuota según detalle:

1º Eliminación de las siguientes tasas en el Impuesto Inmobiliario:

  • Conservación de Plazas
  • Conservación de Pavimento
  • Barrido y Limpieza

2º Anulación de tasa de Recolección de Residuos Hospitalarios ya que la Institución no cuenta con mecanismos y autorización para dicho trabajo.

3º Elevar la alícuota del 5% al 10 % en compensación a tasas a ser suprimidas.

ARTICULO 2° AUTORIZAR el Cobro de la Tasa Ambiental sin excepción alguna en todo cobro de Impuesto Inmobiliario y Patente Comercial.

ARTICULO 3° COMUNICAR a la Intendencia Municipal, a quienes corresponda y cumplido, archivar.—————————————–

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE.——————————————

HUGO NICOLAS BAEZ SOTOMAYOR                   DR. RAMON GILL NAVARRO

SECRETARIO                                                          PRESIDENTE

JUNTA MUNICIPAL                                              JUNTA MUNICIPAL

 

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