Plazas Seguras

ORDENANZA N°: 47/2013 (CUARENTA Y SIETE BARRA DOS MIL TRECE)

POR LA CUAL SE CREA EL PROGRAMA “PLAZAS SEGURAS” EN LA CIUDAD DE SAN LORENZO, CUYA FINALIDAD ES LA RECUPERACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS EN LOS BARRIOS, A TRAVÉS DEL MEJORAMIENTO, MANTENIMIENTO Y PUESTA EN VALOR LAS PLAZAS UBICADAS EN LOS BARRIOS DE NUESTRA CIUDAD.——————————————

VISTO El Proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal Municipal Abog. Osvaldo Gómez, en el cual expresa la necesidad de garantizar el esparcimiento y seguridad en las plazas públicas y espacios verdes de la ciudad de San Lorenzo, así como realizar mejoras y mantenimiento en estos espacios.——————

CONSIDERANDO: Que, vecinos de distintos barrios de la ciudad de San Lorenzo expresan de forma cotidiana la necesidad de mejorar el estado de las plazas y espacios verdes ubicados en los diferentes sectores.—————————

Que, si bien, se han observado intervenciones en diferentes espacios públicos de la ciudad, existe una política de gestión, mantenimiento y mejoras, dirigida de forma prioritaria hacia los espacios de mayor concurrencia del público como el Paseo de San Lorenzo, Ciclovía de San Lorenzo, etc. siendo así, que las gestiones no se realizan en la misma proporción ni calidad de intervención, como en la Plaza Cerro Cora y en los distintos barrios de la ciudad.——————-

Que, es una situación que se repite en varios sectores de la ciudad, el hecho de que las plazas y espacios verdes situados fuera del área céntrica o de los paseos mayormente concurridos, se encuentran en evidentes condiciones de abandono, sin mantenimiento y, en muchos de los casos, desprovistos de forestación, juegos para niños o en mal estado, falta de iluminación etc., cuestión que se transforma en una problemática para el barrio.—————–

Que, en este sentido, es necesario poner en discusión los conceptos con los cuales se pretende definir el espacio público en la ciudad, ya que el mejoramiento de las plazas y lugares de encuentro, de esparcimiento que cumplen un rol fundamental en el desarrollo, la promoción y construcción de lazos e interacción de los vecinos en los barrios. Por esto, la promoción del uso de los espacios públicos y el fomento de las plazas se encuentra en consonancia con la gestión y producción de espacios para la ciudad.————————

Que, en las plazas ubicadas en los barrios de la ciudad existe un estado de abandono evidente que se repite en la mayoría de los casos, observándose la presencia de malezas, descuido de la vegetación en general, juegos para niños en muy mal estado y rotos, falta de riego, iluminación y forestación o de poda en los casos donde hay ejemplares de arbolado y falta de mantenimiento en general, provocando, en algunos casos un peligro para la salud de los niños y vecinos en general que concurren.——————————————–

Que, debido al mencionado estado de deterioro de las Plazas en los barrios, estos espacios se convierten en focos de conflicto o puntos de vulnerabilidad respecto a la presencia del delito, y que a partir de esto se definen como zonas complejas e identificadas como lugares inseguros por la ciudadanía.————-

Que, además del mal aspecto mencionado, cuestiones como la falta de iluminación provoca directamente problemas de seguridad para los vecinos que circulan en distintos horarios del día, pero fundamentalmente en horarios nocturnos, donde la presencia de árboles y ausencia de iluminación apropiada se convierten en obstáculos que dificultan la visión.——————————

Que, en varios sectores de la ciudad, los propios vecinos trabajan de forma conjunta y coordinada para realizar la limpieza de las calles, plazas o el mantenimiento de los juegos y la forestación, para que los niños puedan disfrutar de un espacio de mayor calidad, cuando esta es un tarea que corresponde al Municipio y para la cual deben establecerse y definirse políticas concretas.——

Que, las plazas ubicadas en los sectores fuera del centro de la ciudad cumplen un rol fundamental en la construcción de la identidad y la cultura barrial, contribuyendo al establecimiento de lazos entre los vecinos, promoviendo el intercambio y la socialización.————————————————-

Que, es necesario además incorporar en estas intervenciones, el  concepto de plazas inclusivas a fin de garantizar la igualdad de accesibilidad de todos los niños, más allá de sus capacidades y que para esto, es fundamental cambiar la perspectiva en el diseño de estos espacios, para fomentar su uso e integración de las personas y promover la concurrencia de las familias a las plazas.———

Que, a pesar de la tarea de los concejales municipales, en varias circunstancias no existe disponibilidad de recursos materiales o personal, que el municipio debe garantizar para poder cumplir las condiciones de mantenimiento de estos espacios en los barrios.——————————————————

Que, para esto, es necesario establecer prioridades respecto de los sectores mayormente vulnerables, que resultan puntos conflictivos, en términos de presencia de inseguridad o por otros motivos, garantizando el principio de igualdad a todos los sectores de la sociedad sanlorenzana, permitiendo a los barrios disfrutar de las mismas condiciones que quienes habitan en la zona céntrica o en los barrios más alejado del centro.

Que, además del reacondicionamiento general de las plazas, es de igual importancia la designación de un personal autorizado responsable en cada uno de los espacios o por sector, que cumpla a la vez de cuidador y realizar la supervisión y mantenimiento de las condiciones de cada espacio.—————

Que, la cantidad de inversión requerida por parte del Presupuesto Municipal dirigida a este tipo de intervenciones, no significa un obstáculo para el Municipio, sino que refiere mayormente a una decisión política de gestión.—————–

Que, el mayor grado de la problemática podría solucionarse, aplicando cuestiones que refieren al mantenimiento, señalización, iluminación, colocación de juegos para la integración de los niños, fomentando la calidad y cantidad de espacios públicos como lugar de encuentro y de esparcimiento.————————–

Que, esta iniciativa tiene el objetivo de fomentar la construcción de verdaderos espacios públicos, donde el criterio responda a las recuperación de la plazas de barrios, haciendo de los espacios abandonados o en malas condiciones, sin identidad por parte de la comunidad o mal utilizadas, lugares de encuentro y seguros.———————————————————————

Que, es necesario para esto, que  desde el Gobierno Municipal se impulse una política activa de gestión hacia los espacios públicos, para dotar a los barrios de lugares dignos, para el uso de los niños y de la comunidad toda.—————-

Que, para el Proyecto de Plazas Seguras, es importante sumar a las empresas privadas de la ciudad de San Lorenzo, para colaborar en el mantenimiento, cuidado y concientización de Plazas y Espacios Verdes. Para esto se va necesitar un convenio entre las empresas y el gobierno municipal, como objetivo sería  que dicha empresa cumpla su rol de responsabilidad social donde se comprometa al mantenimiento, a la conservación en las plazas. Uno de los beneficio a favor de la empresa seria, que podrán ubicar sus propios carteles publicitarios en las plazas.—-

Que, analizados todos y cada uno de los términos del Proyecto de Ordenanza, se concluye que se ajusta a las leyes y disposiciones vigentes en la materia.——-

Que, la Plenaria aprobó el Dictamen Conjunto N° 301/2.013 de las Comisiones Asesoras de Legislación, Obras Públicas y Planificación, que recomendaron aprobar el proyecto presentado.———————————————-

POR TANTO

LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A

ARTÍCULO 1º Créase el Programa “Plazas Seguras” en la ciudad de San Lorenzo, cuya finalidad es la recuperación de los espacios públicos en los barrios, a través del mejoramiento, mantenimiento y puesta en valor las plazas ubicadas en los barrios de nuestra ciudad.—————————————————-

ARTÍCULO 2º  El objetivo de este Programa es la recuperación de los espacios públicos, ubicados en los barrios de San Lorenzo, otorgando prioridad a las áreas del macro centro y periferia, que resultan puntos de conflicto, delito o vulnerabilidad social de cualquier tipo.—————————————–

ARTÍCULO 3º  A través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y su dependencia, la Dirección de Espacios Públicos serán las áreas encargadas de implementar el presente programa.——————————————–

ARTÍCULO 4º Las Direcciones correspondientes deberán coordinar y realizar un relevamiento de las Plazas y espacios públicos en situación de abandono o mal estado en la ciudad de San Lorenzo, a partir del cual, deberá establecerse un criterio de prioridad para comenzar a implementar el Programa de recuperación de estos espacios en las zonas que resulten de mayor vulnerabilidad.———–

ARTÍCULO 5º Dicho relevamiento o informe, se deberá proceder a las siguientes intervenciones, a fin de recuperar los espacios públicos en los barrios:

a) Colocación de iluminación.

b) Colocación de cestos de residuos

c) Forestación, poda de árboles.

d) Mantenimiento de los juegos, provisión y colocación de juegos para niños y niñas,   con capacidades       diferentes.

e) Colocación de cartel identificación del Barrio y nombre del espacio / plaza.

f) Implantación de material vegetal (césped, plantas y árboles)

g) Designación de personas (placeros) encargado del mantenimiento del lugar en horarios rotativos.

ARTÍCULO 6º A través de la direcciones, dependencia dirigida a implementar la Ordenanza deberá establecer un sistema de prioridades respecto a los espacios públicos que necesitan intervención de forma urgente y que se encuentran en peores condiciones.

ARTÍCULO 7º – Autorícese a realizar un convenio con la Escuelas y Colegios de Capacitación Laboral  para que los alumnos del establecimiento realicen prácticas colaborando con la refracción de juegos, y demás tareas que estén relacionadas con la disciplina.

ARTÍCULO 8º – Autorícese  a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias a fin de cumplir con los objetivos de la presente ordenanza. 

ARTÍCULO 9º – Autorícese los cuales podrán ser financiados mediante sistema de canje publicitario entre empresas anunciantes y la Municipalidad.

ARTICULO 10° Comunicar a la Intendencia Municipal, a quienes corresponda y cumplido archivar.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO A LOS DIEZ Y NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.————————————————————

HUGO NICOLAS BAEZ SOTOMAYOR                   DR. RAMON GILL NAVARRO

SECRETARIO                                             PRESIDENTE

JUNTA MUNICIPAL                                      JUNTA MUNICIPAL

 

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